Micelio
Auto9 de diciembre de 2021

A- de 2021

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Tema · dato duro
Demanda Para El Reconocimiento De Prestaciones Laborales, En El Marco De Un Contrato De Trabajo Con Una Empresa Temporal, La Entidad Pública Es Usuaria Y Tiene Como Regla De Vinculación La De Empleado Público.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Empresa De Servicios Temporales
  • Naturaleza jurídica
  • Clase de trabajadores vinculados
  • Régimen legal
Conflicto Negativo De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
3 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia y el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de la misma ciudad.

La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en la demanda que presentó un ciudadano en contra de la Nación y otras entidades, pretendiendo, entre otras cosas, la declaratoria de existencia de una relación laboral por haber prestado sus servicios como erradicador de cultivos ilícitos dentro del programa de la Policía Nacional y, como consecuencia de ello, se reconozca y pague la pensión de invalidez de origen profesional a la que cree tener derecho, por el accidente de trabajo de sufrió.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte determinó que la competencia para conocer el precitado proceso recae en el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Florencia, a donde ordenó enviar el expediente para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.

Como regla de decisión se estableció que, la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es competente para conocer de las demandas en las que, en el marco de una relación laboral con una empresa temporal, se solicita el reconocimiento de derechos laborales - salariales y prestacionales- tanto a la empresa temporal como a la usuaria, cuando quiera que (i) esta última sea una entidad pública, cuya regla general de vinculación sea la de empleado público; y (ii) dentro del trámite no pueda desvirtuarse prima facie tal parámetro de vinculación.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia y el Juzgado
  2. Primero. Administrativo del Circuito de Florencia, y DECLARAR que el Juzgado
  3. Primero. Administrativo del Circuito de Florencia es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por el señor Jesús Simón Gómez Clavijo contra Empleamos S.A. y contra la Nación- Ministerio de Defensa Nacional- Policía Nacional.
  4. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-220 al Juzgado
  5. Primero. Administrativo del Circuito de Florencia para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible4
SalvamentoCristina Pardo SchlesingerSalvamentoAntonio José Lizarazo OcampoSalvamentoDiana Constanza Fajardo RiveraSalvamentoJorge Enrique Ibáñez Najar
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.